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Gobierno nacional actualizó el proceso productivo para fabricar aires acondicionados en Tierra del Fuego

El Gobierno nacional oficializó una modificación en las condiciones que deberán cumplir las industrias radicadas en Tierra del Fuego para fabricar equipos acondicionadores de aire al amparo del régimen de la Ley 19.640. El nuevo esquema comenzará a regir el 15 de diciembre de 2026 y las empresas tendrán un plazo de 180 días corridos para adecuarse.

La medida quedó establecida mediante la Resolución 351/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, fechada el 3 de septiembre y publicada este viernes 4 en el Boletín Oficial de la República Argentina.

La decisión tiene impacto directo sobre el sector industrial fueguino, ya que reemplaza el proceso productivo que se encontraba vigente desde 2018 para la fabricación de equipos de aire acondicionado, tanto en sistemas ventana como split.

 

Una propuesta impulsada por AFARTE y la UIF

La actualización tuvo su origen en una presentación realizada conjuntamente por la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) y la Unión Industrial Fueguina (UIF), que propusieron modificar el proceso productivo base utilizado para la fabricación de estos equipos en la provincia.

Como parte del procedimiento, el Gobierno de Tierra del Fuego tomó intervención y solicitó el asesoramiento de la Comisión para el Área Aduanera Especial (CAAE). La propuesta fue tratada por sus integrantes durante la reunión del pasado 19 de agosto, según consta en el Acta N° 647.

Un día después, el 20 de agosto, AFARTE y la UIF presentaron aclaraciones y modificaciones para precisar el alcance de la iniciativa y solicitaron expresamente que las nuevas condiciones comenzaran a aplicarse el 15 de diciembre de este año. La Provincia completó su intervención mediante una nota fechada el 26 de agosto.

 

El nuevo proceso será considerado una “transformación sustancial”

Tras analizar la propuesta, las áreas técnicas de Nación consideraron oportuno actualizar las exigencias para la producción de acondicionadores de aire.

Uno de los puntos centrales de la resolución es que el nuevo proceso tendrá carácter de “transformación sustancial” a los efectos de la Ley 19.640. Esto resulta relevante para la acreditación de origen de los productos fabricados bajo el régimen promocional fueguino.

En concreto, el artículo primero aprueba una nueva secuencia de operaciones para la fabricación de acondicionadores de aire, cuyos detalles técnicos forman parte de un anexo de la resolución.

 

Las fábricas tendrán 180 días para adecuarse

La resolución establece un período de transición para las compañías que actualmente fabrican bajo el proceso aprobado en 2018.

Desde la entrada en vigencia de la nueva normativa, prevista para el 15 de diciembre, tendrán un máximo de 180 días corridos para adaptar sus procesos productivos. Cumplido ese período, el esquema anterior quedará definitivamente sin efecto.

Además, una vez finalizado ese plazo, las industrias instaladas en Tierra del Fuego deberán tramitar un nuevo inicio de producción, tanto para los productos nuevos como para aquellos que ya tengan acreditación de origen vigente.

 

Exigencias para la integración local pendiente

La normativa también contempla la situación de las empresas que comiencen a producir bajo el nuevo proceso y todavía tengan porcentajes de integración local pendientes de cumplimiento por autorizaciones otorgadas previamente por la CAAE.

En esos casos deberán presentar ante la Comisión un cronograma para completar esa integración, con un plazo máximo de un año desde el inicio de la producción. La falta de presentación o cumplimiento podrá ser considerada un incumplimiento del proceso productivo.

De esta manera, desde mediados de diciembre comenzará una nueva etapa para la producción fueguina de acondicionadores de aire dentro del régimen industrial de la Ley 19.640, aunque las fábricas dispondrán de seis meses para completar la transición desde el esquema actualmente vigente.

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